Certificados energéticos

¿Qué es un Certificado de Eficiencia Energética?

Es un documento que da información objetiva sobre las características energéticas de un Edificio, vivienda o local. En este sentido el certificado califica entre unos valores para poder comparar la eficiencia en  viviendas, locales o edificios.

¿Es Obligatorio?

Si, el RD 235/2013 obliga desde el 1 de Junio de 2013 a disponer de dicho certificado  cuando se construyan, vendan o alquilen edificios o unidades de éstos (las multas podrán alcanzar los 6000€). El certificado deberá tenerlo el promotor o titular.

¿En qué casos es necesario?

Edificios de nueva construcción.

Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.

Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados habitualmente por público.

Edificios o inmuebles que están exentos del certificado

a) Edificios y monumentos protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico.

b) Edificios o parte de edificios utilizados exclusivamente como lugares de culto y para actividades religiosas.

c) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.

d) Edificios industriales, de la defensa y agrícola o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícola no residenciales.

e) Edificios o partes de edificios aislados con una superficie útil total inferior a 50 m2.

f) Edificios que se compren para reformas importantes o demolición.

g) Edificios o partes de  edificios existentes de viviendas, cuyo uso sea inferior a cuatro meses al año, o bien durante un tiempo limitado al año y con u n consumo previsto de energía inferior al 25% de lo que resultaría de su utilización durante todo el año, siempre que así conste mediante declaración responsable del propietario de la vivienda.